Obstrucción del tráfico: cuidado con las sanciones

DERECHOS DE LOS USUARIOS - Las acciones para neutralizar los carriles de circulación están severamente castigadas por la ley.
Mientras el movimiento "Bloquea Todo" planea acciones para bloquear vías de tránsito el próximo 10 de septiembre, quienes piensan que pueden participar en estas acciones impunemente, bajo el pretexto de la libertad de manifestación, están sin embargo expuestos a las sanciones por el delito de obstrucción del tránsito.
La ley castiga el hecho de colocar o intentar colocar, con el fin de obstruir o dificultar la circulación, en una vía abierta al tráfico público un objeto que obstruya el paso de vehículos o de utilizar o intentar utilizar cualquier medio para obstruirlo.
Saltar el anuncioEl autor que actúe voluntariamente (dolo) con el fin de obstruir o dificultar el tránsito estará sujeto a las siguientes penas:
- 2 años de prisión y multa de 4.500 euros;
- Suspensión del permiso de conducir (hasta 3 años);
- Pérdida de 6 puntos en el permiso de conducir;
- Incautación del vehículo utilizado para cometer la infracción si la obstrucción se realizó utilizando un vehículo
Por tanto, esta infracción constituye el abandono de un vehículo en la vía o la creación de un retén que impida de forma permanente la circulación de otros usuarios.
Por el contrario, un error de conducción o una parada obstructiva o inoportuna relacionada con un error de conducción no pueden constituir este delito de obstrucción.
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